La Junta de Andalucía admite el registro de viviendas irregulares sin el trámite de asimilado a fuera de ordenación. El nuevo decreto de Regularización de Viviendas amplía su campo de acción y permite realizar la inscripción de viviendas irregulares sin el trámite de asimilado a fuera de ordenación, siempre que hayan prescrito las acciones de reposición de la realidad urbanística alterada.

Esta nueva perspectiva de obtener escrituras de nuestra vivienda. Es un paso más para la seguridad que hasta ahora carecíamos y que abre un camino a la normalización jurídica de estas viviendas.

El proceso documental es el mismo que para el Asimilado a Fuera de Ordenación, pero durante la inscripción en el Registro de la Propiedad. Se realizará una consulta al ayuntamiento para verificar que no hay abierto ningún expediente disciplinario, y en el registro se anotará un marginal indicando que no se ha procedido a realizar el Asimilado a Fuera de Ordenación.

Estas nuevas directrices se suman a la nueva posibilidad en suelos urbanizables de realizar el Asimilado a Fuera de Ordenación, hasta ahora era imposible. Hablamos de esas parcelas que estaban incluidos dentro del plan general como urbanizables. En ellas hacía falta un plan parcial o un estudio detalle para iniciar el desarrollo.

Nuevos criterios en el decreto.

Estos nuevos criterios, tanto de la inscripción previa en el Registro de la Propiedad, como la posibilidad de realizar el AFO en suelo urbanizable, abren un abanico mucho más amplio a la Regularización de Viviendas en Andalucía. Manteniendo el mismo principio de igualdad a todas las construcciones irregulares. Independientemente del suelo en el que se realizaron, cubriendo un gran vacío que dejaba la ley anterior, a no considerar factible la regularización en este tipo de suelo.

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La Junta de Andalucía admite el registro de viviendas irregulares sin el trámite de asimilado a fuera de ordenación.

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