La Inspección Técnica periódica de los edificios, ITE, es una obligación para muchos edificios, pero ¿para cuáles? ¿Para qué sirve? ¿Quién puede llevarla a cabo? Recientemente el diario Sur publicaba que “Dos mil edificios de Málaga deberán ser inspeccionados antes del 31 de este mes”. Por esta razón, en el post de hoy te explicamos paso a paso cada uno de los puntos que más interés generan.
¿Qué es la ITE?
En concreto, es una Inspección Técnica periódica de los edificios para determinar su estado de conservación, condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y habitabilidad. En este sentido, todos los edificios protegidos y/o de más de 20 años de antigüedad, situados dentro del término municipal de Málaga; cualquiera que sea su uso y titularidad. Por esta razón, la ITE, aunque obliga al propietario (personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios, también pueden realizarlas, en caso de incumplimiento de los anteriores; cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación .
¿Quién puede realizarla?
Según señala urbanismo: Arquitectos, Arquitectos Técnicos o Aparejadores en todos los casos. Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales, especialidad mecánica; para los usos recogidos en el artículo 2.1., apartado b, de la Ley de Ordenación de la Edificación, como por ejemplo naves industriales. En nuestro estudio también llevamos a cabo esta clase de trámite. De hecho, ponemos a tu disposición una plantilla compuesta por arquitectos y arquitectos técnicos que harán este trámite lo más cómodo y sencillo posible para ti.
¿Cómo lleva a cabo el estudio una ITE?
Una vez establecido el contacto a través de nuestro mail manuelnavarro@arquitecturamalaga.es o bien llamando al 952073988, uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto con usted para llevar a cabo la inspección. A partir de este punto, y de acuerdo a las directrices de urbanismo; la inspección se materializa en el Modelo Oficial de Informe de Inspección.
Este informe, junto con la Ficha Técnica de la Edificación, el informe fotográfico, plano de situación catastral y el compromiso de ejecución de las obras, en caso de informe desfavorable; se presenta en formato papel y en soporte digital, en el registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sita en Paseo Antonio Machado, nº 12. Es también obligatorio realizar el pago de las tasas correspondientes a la tramitación del expediente de ITE. El visado del informe de Inspección Técnica es voluntario.
¿Qué ocurre si la inspección es favorable?
El propietario deberá presentarla por registro en la GMU (1 copia). Una vez revisada la documentación, se notificará al propietario el cumplimiento de la realización de la ITE, su carácter favorable y la fecha en que deberá realizar la siguiente inspección.
¿Qué ocurre si la inspección es desfavorable?
El propietario deberá presentarla por registro en la GMU, junto con el compromiso de ejecución de las obras. En todo caso, y a partir de la fecha de entrada en registro dispone de tres meses para solicitar licencia de obras.
Esta obligación es independiente de la tramitación del expediente; así como de los requerimientos que se realicen para completar el mismo por parte de la Sección de ITE. En su virtud, si como consecuencia del informe técnico definitivo que se apruebe por la administración municipal son necesarias más obras de las especificadas en el informe primero presentado. Una vez comunicado al titular de la edificación, éste solicitará una ampliación de la licencia tramitada; en su momento a tales efectos.
La licencia de obras que se solicite a resultas del expediente de ITE está exenta del pago de tasas. Solamente en cuanto a las obras contenidas en dicho informe.
En el Estudio de Arquitectura de Manuel Navarro, apostamos por Málaga y la arquitectura. La innovación, la sostenibilidad y la planificación deben ser los pilares fundamentales que nos guíen. Recuerda, nos encontramos en Calle Victoria, 7, 2 i, 29012 Málaga. Te esperamos